Se considera una sustancia peligrosa a aquella que presente o conlleve, entre otras, las siguientes características intrínsecas: corrosividad, explosividad, inflamabilidad, patogenicidad o bioinfecciosidad, radioactividad, reactividad y toxicidad, de acuerdo a pruebas estándar. En este sentido, toda persona natural o colectiva, pública o privada que realice actividades con sustancias peligrosas, deberá obtener la licencia de actividades con sustancias peligrosas, como complementación a lo requerido en el Reglamento de Prevención y Control Ambiental.